* Son violatorios del artículo 27 de la Carta Magna los contratos que se pretenden otorgar a empresas petroleras extranjeras, aseguran
Diputados federales, senadores y presidentes municipales de Cunduacán, Jonuta, Tenosique, Jalapa y Paraíso de Tabasco, presentaron este día ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Controversia Constitucional en la que demandan al Poder Ejecutivo y a Petróleos Mexicanos por la violación de los artículos 14, 16, 25, 27, 28, 115 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al emitir la licitación pública del pasado 1 de marzo, para la celebración de contratos integrales de explotación petrolera en los campos maduros de Magallanes, Santuario y Carrizo en el mencionado estado.
Acompañados de la senadora Rosalinda López, la diputada Laura Itzel Castillo, y la secretaria de Patrimonio del Gobierno Legítimo de México, Claudia Sheinbaum, el grupo de alcaldes expresaron interés jurídico en este tema, porque las leyes de Coordinación Fiscal y Federal de Derechos, así como las Reglas de Operación del Fondo de Estabilización de Ingresos, establecen que parte del presupuesto de los municipios proviene de la renta petrolera.
Asimismo, los presidentes municipales consideraron una responsabilidad con el país defender la Constitución y la riqueza generada por el petróleo, que para beneficio de todos los mexicanos.
En la demanda, se sostiene que de firmarse los Contratos Integrales, las empresas trasnacionales se estarían llevando parte de la renta petrolera que le correspondería a la Nación y en particular a los municipios.
Claudia Sheinbaum sostuvo que los Contratos Integrales de Pemex violan diversos artículos Constitucionales, en particular el 27, pues se disfraza como servicios, contratos de riesgo de explotación petrolera, en donde Pemex se asocia con empresas trasnacionales, las cuales se llevaran las ganancias que le corresponden a los mexicanos. “Eso está prohibido expresamente”, subrayó.
Además de la Constitución, los contratos violan claramente las Leyes reformadas en 2008, como la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, abundó.
La propia Corte –recordó—al resolver recientemente la Controversia Constitucional que interpuso la Cámara de Diputados en torno a diversos reglamentos de dichas Leyes expresó claramente: “Las fórmulas y esquemas de contratación utilizadas en los contratos deberán corresponder estrictamente a un contrato típico de la industria de servicios de exploración y producción, y por ningún motivo deberán ser identificadas con contratos aceptados en la práctica internacional como modalidades de contratos de riesgo, de asociación o de participación de un porcentaje de las ventas en las que el contratista participe de la renta petrolera”
Sin embargo, denunció que al presidente espurio Felipe Calderón “no le importa la Constitución, ni lo que haya aprobado la Cámara de Diputados y de Senadores, ni lo que haya dicho la Corte. A él lo que le importa es el negocio y los acuerdos que haya establecido en el extranjero para la entrega de los recursos petroleros de la Nación”.
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